La reclamación de las IPS a las aseguradoras SOAT debe corresponder al monto en el cual haya incurrido el prestador

Imposibilidad de las IPS a radicar el excedente de la prestación de los servicios ante la ADRES, por la no expedición del certificado de tope de cobertura SOAT por parte de la aseguradora.
Riesgo financiero a las IPS, por la no definición completa del pago indemnizatorio.
Largos tiempos de definición completa de la reclamación derivado de procesos de ratificación de objeciones, devoluciones o glosas.
Desgaste administrativo por solicitud de reconsideraciones de pago presentadas por las IPS y Pagos parciales o no pagos por parte de las aseguradoras.
Demoras en la conciliación final de los saldos de reclamaciones.
| Mes | Institución Prestadora de Servicios de Salud IPS | Aseguradora SOAT |
|---|---|---|
| 1 |
1.1 Atención Médica
|
En espera de radicación
|
| 2 |
2.1 Radicación de la Reclamación
|
2.2 Análisis y definición de la reclamación
↓
Opciones de Respuesta:
A) Devuelve / objeta porque la IPS no facturó el valor del tope.
B) Objeción total o parcial por otros motivos.
C) Pago de la reclamación
→ Termina el proceso |
| 3 |
3.1 Evaluación de Objeciones por la IPS
↓
IPS Acepta:
Termina el proceso IPS NO Acepta:
Envia Solicitud de Reconsideración |
3.2 Análisis y definición de la solicitud de reconsideración
↓
Aseguradora NO acepta la reconsideración
Aseguradora acepta la reconsideración
→ Pago / Termina proceso |
| 4 |
4.1 Evaluación de Respuesta por la IPS
↓
IPS Acepta:
Termina el proceso IPS NO Acepta:
Segunda solicitud de reconsideración |
4.2 Análisis y definición de la segunda solicitud de reconsideración
↓
Aseguradora NO acepta la reconsideración
Aseguradora acepta la reconsideración
→ Termina el proceso |
| 5 |
5.1 IPS No Acepta la segunda respuesta
↓
Opción A: Tercera y más solicitud de reconsideración
Opción B: Solicitud de conciliación directa
|
5.2 Definición de Instancias Finales
↓
Aseguradora Asigna Mesa de Conciliación
Aseguradora acepta la solicitud tardía
→ Pago / Termina proceso |
| 6 |
6.1 Ejecución de la Mesa de Conciliación (IPS acepta conciliación)
↓
Existe acuerdo conciliatorio
↓ Pago de la reclamación y cierre definitivo.
NO existe acuerdo conciliatorio
↓ Trámite cerrado sin consenso mutuo. |
|

Argumentación Clínica

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Absolutamente no. Trabajamos bajo un modelo de Success Fee (honorarios a éxito). Nosotros asumimos el 100% del costo operativo y desgaste técnico-legal. Únicamente cobramos nuestro porcentaje (4-5%) sobre el valor que logremos conciliar y solo cuando el dinero ya esté depositado en la cuenta bancaria de tu IPS. Riesgo cero para tu presupuesto.
Tu equipo no es malo, pero está diseñado para el flujo diario de la clínica, no para una guerra de desgaste administrativo y legal. Las aseguradoras utilizan un sistema burocrático para agotar a tu personal. Nosotros entramos como tu "brazo armado", con auditores médicos y abogados que hablan el idioma exacto para obligar a la aseguradora a pagar, liberando a tu equipo para sus funciones reales.
Sí, de hecho esa es nuestra especialidad. Las aseguradoras usan objeciones técnicas (glosas) como excusa para dilatar o no pagar. Como Auditores Médicos, utilizamos argumentación clínica y científica exacta para derribar esas glosas, demostrando que la atención fue justificada, y cerrando su argumento para que proceda el pago.
El tiempo juega en contra y las aseguradoras lo saben. Si no se actúa jurídicamente a tiempo, el dinero prescribe y la deuda muere. Sin embargo, como especialistas en Derecho, nuestro primer paso es aplicar un Blindaje Anti-Prescripción, interrumpiendo legalmente la caducidad para congelar el tiempo y salvar esos recursos antes de que se pierdan para siempre.
Con nuestro sistema de choque técnico-jurídico, el objetivo es priorizar cuentas de alta viabilidad para lograr una primera conciliación aprobada antes del día 30. Nuestro promedio de recuperación masiva para cuentas estancadas oscila en menos de 90 días desde que iniciamos la intervención oficial.